miércoles, 14 de septiembre de 2011

Las mentiras de la crisis, el determinismo existencial y TINA…

Bueno amigos, pues así está la cosa…, y así queda el artículo 135 de la Constitución Española [1]:
“El PSOE y el PP entienden que es oportuno en este momento político sentar ya las bases de un acuerdo sobre la Ley Orgánica a que se refiere el artículo 135 de la Constitución Española, que debe ser aprobada con urgencia antes del 20 de junio de 2012”, manifestaron PSOE y PP en el documento presentado.

El artículo 135 de la Constitución Española pasa de los actuales dos puntos:
  1. El Gobierno habrá de estar autorizado por ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.
  2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.
A tener seis puntos, y queda redactado como sigue:
  1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
  2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.
Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
  1. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito.
Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.
El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
  1. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
  2. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:
a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.
b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.
c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
  1. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias. Disposición adicional única.
Por otro lado, según el acuerdo pactado entre ambos grupos, la Ley Orgánica fijará en un 0,4% el déficit estructural global máximo del conjunto de las administraciones públicas a partir del año 2020.
Pues parece ser que, al final, más allá de “rígidos” criterios de austeridad, que no lo son, nos han colado un “blindaje de la solvencia” mediante la cláusula de “la esclavitud” [2].
Mientras nos hacen mirar hacia otro lado, y nos dicen que es por nuestro bien y que no hay alternativa, en realidad, amigos, la obligación prioritaria de pagar la deuda es inmediata y estará “blindada” por la Constitución.

Este hecho levanta sospechas sobre los motivos reales para esta reforma de la Constitución que en lugar de ir dirigida a la limitación inmediata del derroche, trataría de crear una traba enorme a que la ciudadanía pueda negarse a pagar deudas injustas, tal y como ha ocurrido en Islandia, donde sus ciudadanos decidieron no pagar con fondos públicos la deuda de sus bancos con el Reino Unido y Holanda, fruto de la mera especulación en los mercados [3].

Margaret Thatcher, la famosa “Dama de Hierro”, como triste honra a la “doncella” de la Inquisición de similar apelativo, paso a ser más conocida, desde su impulsión a las políticas neoliberales en el Reino Unido durante los 70, por el cuasi erótico TINA: There Is Not Alternative, decía la buena mujer…

Pero sí hay alternativas, lo saben bien en Ecuador, donde en 2007 el Gobierno de Correa, con el respaldo del 60% de la población auditó y reestructuró la Deuda Pública, convocó la Asamblea Constituyente para la elaboración de una nueva Constitución, y reguló fuertemente el mercado de capitales y el sector financiero [4].

Sí hay alternativas compañer@s, como también saben en Islandia, donde el pueblo repudió la deuda en 2008, derrocó al gobierno, juzgó a banqueros y políticos, reestructuró su deuda, y se encuentra en proceso de Asamblea Constituyente para dar forma a su nueva Carta Magna; ¡y todo ello pacíficamente…! [5].
Hasta el FMI reconoce ahora que Islandia ha hecho lo correcto y se encuentra saliendo de la crisis, creciendo por encima de un 2% y generando empleo neto… ¡El cinismo, la hipocresía y el surrealismo en su estado más puro…! [6].

Pero es que en Marinaleda también saben que sí hay alternativas. Marinaleda, sí, ese pequeño pueblo sevillano que expropió y socializó las tierras nobiliarias del municipio, y que no conoce el paro… [7].
Sí hay alternativas amigos…

Como bien sabemos, el futuro no es un lugar hacia donde nos dirigimos; es el lugar que construimos con lo que hacemos cada día. El futuro no nos espera, lo construimos nosotros. Por eso, la mejor manera de prever el futuro es crearlo…

Pero dicen que “Spain is Different“… Y debe de serlo a tenor del hecho de que sus pequeños empresarios y profesionales liberales (abogados, notarios, economistas, arquitectos, etc.), la mayor parte de nuestro tejido industrial conformado por más de 3.287.374 empresas (excluidas agricultura, pesca y autónomos), son en su gran mayoría “mileuristas”. O al menos esa es una de las conclusiones que podrían extraerse del hecho de que los trabajadores y los pensionistas declarasen a Hacienda 19.359 euros de media en 2010, lo que supone un 75 por ciento más que en el caso de los pequeños empresarios y los profesionales liberales, que obtuvieron unos rendimientos medios de 11.036 euros,;-) [8].

Notas:
[1]http://www.rebelion.org/noticia.php?id=134865&titular=la-moraleja-islandesa-y-la-reforma-del-artículo-135-de-la-constitución- (Acceso, 04/09/11).
[2]http://www.juantorreslopez.com/component/content/article/137-articulos-de-opinion-y-divulgacion-2011/2470-los-trileros-mayores-del-reino-y-la-clave-de-la-reforma-constitucional (Acceso, 04/09/11).
[3]http://www.rebelion.org/noticia.php?id=134865&titular=la-moraleja-islandesa-y-la-reforma-del-artículo-135-de-la-constitución- (Acceso, 04/09/11).
[4] http://es.wikipedia.org/wiki/Ecuador (Acceso, 04/09/11).
[5] http://www.rebelion.org/noticia.php?id=135018 (Acceso, 04/09/11).
[6] http://krugman.blogs.nytimes.com/2011/09/01/iceland-exits/ (Acceso, 04/09/11).
[7] http://vimeo.com/27912991 (Acceso, 04/09/11).
[8] http://www.nuevatribuna.es/articulo/economia/2011-08-01/tecnicos-hacienda-piden-atajar-fraude-masivo-empresarios/2011080112301100727.html (Acceso, 04/09/11).

Jokin Zabal@
ATTAC País València.

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